Requisitos para legalizar ‘autos chocolate’ de Europa y Asia

El Gobierno de México anunció que ya se podrán regularizar autos chocolate provenientes de Europa y Asia
Autos -
Autos chocolate legalizados al pasar a México
Requisitos para legalizar ‘autos chocolate’ de Europa y Asia. Foto: Cuartoscuro.

La titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez, informó que los “autos chocolate” que vengan de Europa y Asia, ya estarán incluidos en el programa actual de regularización. A continuación, te decimos los requisitos para legalizar los “autos chocolate” de Europa y Asia.

De acuerdo con lo informado, a partir del 1 de diciembre del 2023, los autos procedentes de Europa y Asia, ya entrarán en el programa de regularización de vehículos ilegales.

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¿Cuáles son los requisitos para legalizar los autos chocolate de Europa y Asia?

Rosa Icela Rodríguez, señaló que los autos chocolate que se quieran legalizar, deberán cumplir con una serie de requisitos.

  • Que el número de serie comience con letra
  • Que hayan sido comercializados en Estados Unidos o Canadá.
  • Deben ser modelos anteriores al año 2017.

Para los autos que sean posteriores al 2017, tendrán que pagar por la aduana y pagar impuestos.

La titular de la SSCP dijo que estos requisitos son necesarios, porque así se cumple con los candados de seguridad.

El hecho de que hayan sido comercializados en Estados Unidos y Canadá, sirve para tener certeza de que no son autos robados, además, la funcionaria enfatizó que así se ha venido trabajando con los otros vehículos.

¿Qué se necesita para regularizar autos de procedencia extranjera?

  • CURP del solicitante (Clave Única de Registro de Población)
  • NIV del auto (Número de Identificación Vehicular)
  • Código postal
  • Correo electrónico
  • Teléfono fijo o celular
  • Documento con el que se acredita la propiedad del auto (título de propiedad o factura)
  • Imagen impresa del NIV (calca o fotografía)
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses, y que sea de alguna de las entidades federativas beneficiadas por el decreto.
  • Manifiesto bajo protesta de decir verdad firmado
  • Comprobante de pago (formulario múltiple de pago del SAT)
  • Comprobante impreso de Cita del REPUVE

Jbf

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